Tasa de Justicia - Tribunal Fiscal de la Nación

1160425 - ¿Cómo se realiza el pago de la tasa?
Fecha de publicación: 01/08/2019

El ingreso de la tasa aplicable sobre el importe total en litigio, por actuaciones ante el Tribunal Fiscal de la Nación, se deberá realizar mediante Volante de Pago Electrónico (VEP).

Aclaración: El VEP en estado "Pagado", revestirá el carácter de declaración jurada. Las omisiones, errores y falsedades que en dicho instrumento se prueben, serán pasibles de las sanciones previstas en la Ley 11.683.

  • Fuente: Art. 1 RG 3124/11
1161703 - ¿Cómo se genera el volante electrónico de pago (VEP) a fin de cumplir con la obligación?
Fecha de publicación: 01/08/2019

Para la generación del volante electrónico de pago, se deberá ingresar al servicio con clave fiscal "Presentación de DDJJ y Pagos" > "Nuevo VEP", completando los campos como se indica a continuación:

- Organismo Recaudador: "AFIP-Tribunal Fiscal de la Nación"

- Grupo de tipo de pagos: "Tasa Sobre las Actuaciones ante el TFN"

- Tipo de pago: "Tasa Sobre las Actuaciones ante el TFN"

Para finalizar deberá seguir con la carga de datos requerida por el sistema, lo que permitirá generar el VEP con el importe a cancelar.

Aclaración: El VEP en estado "Pagado", revestirá el carácter de declaración jurada. Las omisiones, errores y falsedades que en dicho instrumento se prueben serán pasibles de las sanciones previstas en la Ley 11.683.

  • Fuente: Arts. 2 y 3 RG 3124/2011